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Bases para el Concurso Sodexo Día del Padre “Papá HD”

16/6/2011

Por cada compra en nuestros locales adheridos, obtén tu raspe, y podrás ganar fabulosos premios (televisores Led, LCD portátiles, camisetas de la selección chilena, pelotas de futbol, entre otros). Participa!!. Promoción vigente desde el 15 al 21 de junio de 2011.

BASES DE PROMOCION “PAPÁ HD” De SODEXHO CHILE S.A.

La participación en la presente promoción denominada SODEXHO DIA DEL PADRE (en adelante, la “Promoción”), organizada por A/ Sodexho Chile S. A.  R.U.T. 94.623.000-4, y Sodexo Servicios S.A. R.U.T. 96.550.960-7, ambas representadas por doña Janet Awad Pérez Cédula Nacional de Identidad N° 9.291.168 - 3 todos domiciliados en Williams Rebolledo 1799, comuna de Ñuñoa, Santiago, en adelante indistintamente “Sodexo”; y Agencia Ají S.A., R.U.T. Nº 76.111.028-4, representada para estos efectos por don Emilio Abud Bannen, chileno, divorciado, Publicista, Cédula Nacional de Identidad Nº 11.633.264-7, ambos domiciliados en Orquídeas Nº 979, comuna de Providencia, Santiago, en adelante indistintamente la “Agencia”. El Concurso o programa se regirá por las siguientes Bases del Concurso (en adelante las “Bases”):


1. REQUISITOS CONCURSO.

a) Sólo podrán participar en el Concurso aquellas personas chilenas o nacionalizadas que cuenten con cédula nacional de identidad vigente y que sean comensales de los casinos concesionados por Sodexo a nivel país, bajo cualquier modalidad  de pago.

b) Los participantes deberán consumir  exclusivamente en los locales adheridos que se encuentran enumerados en el Anexo 1 de las presentes Bases;

c) Para participar, los participantes deberán comprar en los Casinos  y exigir un raspe que será entregado por la cajera. Solo existirán 5.000 raspes para ser entregados a lo largo de los casinos que estén bajo la explotación de Sodexo.

d) Serán nulas todas los raspes que se encuentren con datos  adulterados, falsificados o bien, incompletos, así como también aquellos boletos que este estropeados, ajados o rotos.

e) El Concurso se encuentra limitado a la cantidad de premios indicados y a la vigencia indicada en el punto Sexto de las presentes bases.

f) No podrán participar en el Concurso los trabajadores permanentes o temporales de Sodexho Chile S.A. y  Sodexo Servicios S.A.  y de la Agencia, sus cónyuges, sus ascendientes y descendientes, hasta el segundo grado de consanguinidad como asimismo, los proveedores de bienes y/o servicios de los Patrocinadores, no podrán participar en este Concurso. 


2.  PARTICIPANTES.

Sólo podrán participar en el Concurso  todas aquellas personas que compren en los locales enumerados en el Anexo 1 de las presentes Bases.”. 


3.  DINÁMICA DEL CONCURSO.

La dinámica para participar en el presente Concurso será la siguiente:

Por cada  compra en los locales descritos en el Anexo 1 del presente instrumento, el cliente tendrá derecho a recibir por parte de el Cajero un raspe, que podrá contener los premios señalados más adelante.

 

4.  PREMIOS Y CONDICIONES

La Promoción permitirá dar al público consumidor, durante el período de vigencia de la misma, la posibilidad de ganar los siguientes premios:

a) 8 Televisor Pantalla Led LG 32"
b) 25  portátil LCD, pantalla 7”, equivalente a la suma de $28.000.
c) 1 IPad 16 GB
d) 44 Camiseta de la selección Chilena
e) 25 réplicas de la pelota oficial Copa América
f) 19 Pares de Canilleras marca Umbro
g) 21 Pares de Guantes de Arquero marca Umbro


Será requisito esencial de las presentes bases el hecho que sólo podrá recibir el premio aquel ganador que haya conservado el raspe premiado

Todo gasto no incluido en los premios será de exclusivo costo y responsabilidad del ganador.

El premio, no será canjeable por dinero, ni otra cosa o especie, adaptable o condicionado a petición del ganador, esto es, que no se aceptarán cambios en los premios asignados. El premio no podrá ser endosable. Es canjeable sólo al portador del Raspe.

Sodexo será responsable de la entrega de los raspes y premios a los ganadores, liberando a la agencia de tal obligación.

Se deja constancia que toda relación con el ganador, con ocasión de la coordinación o ejecución del premio deberá efectuarse directamente con la Agencia, para lo cual todo participante en esta promoción acepta desde ya eximir de toda responsabilidad a Sodexo con respecto a cualquier reclamo, acción o denuncia que diga relación con el uso y goce del premio.

 El premio, no será transferible a otra persona, y no será canjeable por dinero, o  por otra cosa o especie, adaptable o condicionado a petición del ganador. Únicamente podrá ser modificado por circunstancias de caso fortuito o de fuerza mayor determinada por los Patrocinadores y según las disponibilidades del caso. Con todo, en caso de no estar disponible el premio mencionado por cualquier causa que no sea imputable al ganador, se entregará otro premio de similares características o de valor equivalente, seleccionado a juicio exclusivo de los Patrocinadores. 

 

5. ENTREGA DE LOS PREMIO A LOS GANADORES

Los ganadores recibirán su premio o bien el comprobante del mismo directa e inmediatamente una vez que exhiban el raspe ganador ante el administrador o Jefe de local respectivo.


6. DURACIÓN DEL CONCURSO.

El  Concurso contenido en las presentes Bases tendrá vigencia desde el día 15 de junio de 2011 al 21 de Junio de 2011, ambas fechas inclusive. El plazo vencerá a las 20:00 horas del día 21 de Junio de 2011. Expirado el plazo recién mencionado se dará por finalizado el Concurso.


7.  DECLARACIONES PATROCINADORES

a) Los Premios no serán canjeables por dinero u otra cosa o especie, adaptable o condicionado a petición del ganador;

b) Queda establecido expresamente que todo gasto no incluido en el Premio será de exclusivo costo y responsabilidad del ganador, por lo que todo otro gasto, futuras contribuciones e impuestos inherentes al premio, su uso y disfrute, incluyendo sin implicar limitaciones, seguros e indemnizaciones de cualquier tipo, etc., serán de cuenta y cargo del mismo, como también todos los gastos de traslado y alojamiento para reclamar y/o recibir el premio, serán de cargo del participante ganador;

c) El ganador previo a la recepción de cada premio, deberá acreditar su identidad con su respectiva Cédula Nacional de Identidad. En caso de ser un menor de edad, el premio deberá ser entregado a un adulto que acredite ser padre, madre o representante legal del menor a través de la libreta de familia o certificado de filiación, y en el caso de representación legal con el respectivo poder notarial, y siempre acreditando su identidad con su Cédula Nacional de Identidad. Asimismo el ganador deberá firmar simultáneamente un recibo de premio y renuncia de acciones contenidos en el Anexo 2 de las presentes Bases, sin firmar ese documento no se le podrá hacer entrega del Premio; y

d) Será de cargo del ganador cumplir con los trámites necesarios y contar con toda la documentación requerida por las instituciones u organismos correspondientes, para hacer efectivo el Premio.


8.  AMBITO DE APLICACIÓN.

El Concurso se desarrollará a nivel nacional y será de carácter masivo, pudiendo adquirirse los Productos en todos los locales adheridos al Concurso.

El Concurso, sus condiciones y requisitos se informarán y dará a conocer por los medios que los Patrocinadores a su juicio exclusivo califiquen.


9. MODIFICACIÓN DE LAS BASES. 

Sodexo podrá modificar o extender la vigencia del Concurso, debiendo informar oportuna y adecuadamente a los consumidores en su página web: www.sodexho.cl.

Asimismo, los Patrocinadores podrán modificar los premios incluidos en el Concurso y sus condiciones, modificar el lugar del sorteo o de retiro del Premio y/o terminar anticipadamente el Concurso, informando previamente a los consumidores, o al ganador según sea el caso, todo lo cual no generará responsabilidad ni compensaciones a favor de terceros o de los participantes.

 
10.  RESPONSABILIDAD.

Los Patrocinadores no se hacen responsables de que una vez cumplida la fecha de término del Concurso, sigan circulando publicidad con referencia a éste.

Asimismo, no se harán responsables si el ganador no pudiera hacer efectivo su Premio, ya sea por motivo de salud (enfermedad o accidente), por incapacidad física, por asuntos laborales o personales. Cualquier impedimento del ganador, que no le permita hacer efectivo el Premio, lo descalificará de manera automática.

Los Patrocinadores no se hacen responsable de los daños o perjuicios que cualquiera de los premios objeto de estas bases pueda sufrir a contar del instante que el ganador lo reciba materialmente.

La no reclamación en el momento de la entrega del Premio, implicará la aceptación de parte del ganador y su representante, del perfecto cumplimiento de lo promocionado, por lo tanto, el ganador y su representante legal renuncian a cualquier reclamo posterior o acción legal en contra de los Patrocinadores. En consecuencia, una vez entregado el Premio, no habrá derecho a reclamo posterior.

 

11.  ACEPTACIÓN DE LAS BASES.

El solo hecho de adquirir alguno de los Productos participantes en el Concurso,, significa el conocimiento y aceptación de estas Bases.

El ganador se compromete a prestar colaboración con el objeto de favorecer la difusión de dicho acontecimiento por los medios que Sodexho determine, a favor de la necesaria transparencia que exige la fe pública. De esta forma será condición para recibir, retirar y hacer efectivo el Premio, que el ganador participe de las actividades, promociones, eventos, programas o difusión que los Patrocinadores determinen. 

Asimismo todo participante del Concurso o sus representantes legales, autorizan desde ya expresamente a los Patrocinadores, sin necesidad de una autorización especial, a utilizar la información recaudada a partir de la misma y a difundir sus nombres e imágenes mediante la toma de fotografías y/o videos, vinculado con su participación en el Concurso, renunciando todos ellos a recibir cualquier compensación, sea en dinero o en especie. Además, se faculta a los Patrocinadores para exhibir y/o publicitar a cualquiera de los participantes, a través de los medios y en la forma que lo estimen conveniente.

 Los Participantes autorizan expresamente que la información proporcionada en la inscripción y toda aquella que sea recolectada o almacenada durante la vigencia del Concurso, incluyendo aquella relativa a la adquisición, contratación y uso de productos y servicios, sea tratada y comunicada por Sodexho, sus filiales, sus sociedades controladoras

 
 

12. PROTOCOLIZACIÓN DE LAS BASES.

 
Las presentes Bases y su protocolización quedarán a disposición del público en la Notaría de Santiago, de Don René Benavente Cash, ubicada en calle Huérfanos N° 979, Piso 8°, de la comuna y ciudad de Santiago, como asimismo, será informada al público a través de los distintos medios publicitarios que los Patrocinadores libremente determinen.


La personería de Janet Awad Pérez para representar a “Sodexho Chile S.A. Y Sodexo Servicios S.A.”, consta de Escritura Pública de fecha 18 de Junio de 2010 otorgada en la Notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal.

La personería de don Emilio Abud Bannen para representar a Agencia Ají S.A., consta en escritura pública de fecha 27 de Agosto de 2010 otorgada en la Notaría de Santiago de Doña María Soledad santos Muñoz.

Santiago,  14 de junio de 2011.